El Derecho de petición

Antes de proceder con una acción de tutela, el usuario del sistema de salud debe realizar un derecho de petición, de acuerdo al artículo 23 de la Constitución Política que dice:

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.
Este se presenta y se pide sello de recibido en la copia para el usuario. Es aconsejable sacar otra copia para la personería municipal.
Luego de recibido el derecho de petición, la EPS tiene 15 días hábiles para responder. Esta respuesta debe tener el carácter de resolver la cuestión y no simplemente de decir algo como "ya radicamos su petición".
A continuación, les comparto un modelo de derecho de petición que usé en el caso de mi padre. Con base en este, se puede reemplazar las partes que considere para ajustarlo a sus necesidades.



Santiago de Cali, 24 de abril de 2012


Señores:
SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD, S.O.S., E.P.S.
Av. de las Américas #23N-55
La Ciudad

Asunto: Derecho de petición, art. 23 C. P.

Perico Pérez, ciudadano colombiano identificado con cédula de ciudadanía número 99.999.999 de Cali (Valle), residente en la Calle 5 #5–55 de Cali (Valle), con teléfono celular número 3XX XXX XXXX, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el articulo 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del articulo 5 del código contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su despacho con el fin de solicitarle me autorice la orden para SS BLEFAROPLASTIA SUP FUNCIONAL + CORRECCIÓN DE PTOSIS SUP AO, que radiqué en sus oficinas en la Sede Nacional en Cali desde el 22 de marzo de 2012 (anexo copias).

Motiva esta solicitud el hecho de que, aunque me tomaron datos de contacto, para avisarme en cuanto dicha orden fuera aprobada o rechazada, jamas he sido contactado por ustedes en ese sentido. En vista de lo anterior, me acerqué a sus oficinas del edificio España donde me dijeron que debía esperar hasta septiembre de este año para obtener resolución de parte de S.O.S., plazo que me parece totalmente inaceptable.

Favor responderme dentro del termino legal y al amparo del derecho Constitucional invocado a la dirección anotada al inicio de este escrito.

Atentamente,





Perico Pérez
CC. 99.999.999 de Cali (Valle)

Copia: Personería Municipal Santiago de Cali

80 comentarios:

  1. Gracias, me fue de mucha utilidad.

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    1. Es un placer haberte podido ayudar :)

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    2. Hola pregunta
      Done se lleva el derecho de peticion a que parte de LA eps.

      Gracias

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    3. Cada EPS tiene una oficina o una ventanilla para la recepción de documentos. Allí se lleva el derecho de petición, con una copia la cual ellos le devuelven con sello de recibido.

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    4. Es mismo derecho de peticion se puede hacer para reembolsos de gastos ??

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  2. GRACIAS VOY HACER UN DERECHO DE PETICION Y SI QUIERO UNA COPIA A LA SUPER SALUD DONDE LA LLEVO

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    1. Cordial saludo, Leanis...
      Puedes hacer una PQR o un reclamo sobre una entidad en la página oficial www.supersalud.gov.co/

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  3. Buenas tardes.

    Excelente esta ayuda.
    Mi pregunta es: Presente mis derecho de petición a Coomeva E.P.S y van 32 días hábiles y no me responden. Que debo hacer? Hay silencio administrativo positivo?

    Gracias por su ayuda.

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    1. Debes proseguir con la acción de tutela invocando la violación al derecho de petición y a la salud. Una vez sea admitida la acción de tutela, Coomeva tiene 3 días para hacer descargos y el juez fallaría en 10 días hábiles.

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    2. Dale clic arriba en la pestaña La Acción de Tutela, o en este enlace: http://derechosaludco.blogspot.com.co/p/la-accion-de-tutela.html

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  4. Ha sido de gran ayuda tu blog, gracias por tu gran corazón y servicio a la comunidad. Bendiciones!!!!

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  5. Ha sido de gran ayuda tu blog, gracias por tu gran corazón y servicio a la comunidad. Bendiciones!!!!

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  6. Mil gracias. Me es de mucha utilidad esta información. Dios le pague y lo bendiga.

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  7. Muchísimas gracias por sus aportes
    Ahora debo adecuarla a la EPS para reclamar por falta de citas para mi bebe,dado que son prioritarias, en que parte de la constitución habla de los derechos prioritarios para los niños.
    muchas gracias de nuevo

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    1. Artículo 44
      Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
      La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.
      Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

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  8. buenas necesito de su ayuda, mi eps me ha negado dos veces un derecho de peticion que realice solicitando una sedacion para un procedimiento quirurgico esa sedacion l solicita una doctra pero la sos ve inecesario eso. ya no se que paso seguir ya que eso lo necesito urgente para mi salud

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  9. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  10. Excelente información Oscar Rueda, gracias por ayudarnos a recordar nuestros derechos y los mecanismos y herramientas que poseemos para poder acceder a ellos cunado se nos niegan, felicitaciones.

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  11. sr. Oscar, gracias esto es increible cuando uno no tiene ni idea de que puede hacer. necesito me ayude mi compañera de trabajo tiene a su mama muy enferma con dialisis en casa y tiene regimen subsidiado con ars, son 6 hijos una es la cuidadora, otro hijo es enfermo y dos son amas de casa y solo hay dos que trabajan. Como pueden ellos pedir servicio domiciliario a la paciente, la abuelita ya perdio el brazo derecho por diabetes, tiene dialisis en casa la requiere un manejo adecuado de sepsis, la paciente esta ciega, y la tienen en un estado bastante dificil. no le ponen ropa porque se no tiene control de esfinteres y usa pañal, pero solo le tienen 3 pañales diarios. que se puede hacer legalmente, es que cuando le dijeron al medico el medico dijo que los hijos tenian que hacerse cargo de sus padres.

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    1. Es cuestión de documentación. Por ejemplo:

      Dejar muy claro con documentos de soporte la situación económica de la familia

      La historia clínica de la señora, conceptos de los médicos donde conste la NECESIDAD de los pañales, la atención domiciliaria, y sobre todo por qué representa un riesgo vital para ella.

      Haber agotado primero los derechos de petición, guardar las respuestas y anexar copia en el expediente para la tutela.

      Citar como jurisprudencia la sentencia T-266/14

      Espero que todo salga bien para beneficio de esta señora y de su familia.

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    2. Sentencia T-266/14 de la Corte Constitucional:
      http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/T-266-14.htm

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  12. Oscar hace un año mi hermana venia presentando problemas de salud. En julio le ordenaron una colposcopia pero nunca fue posible ya que siempre no habia agenda, sistema o salas. Hace 7 meses se mando hacer la citologia en la eps consultando las molestias que tenia. Cuando le entregaron los resultados le consulto al medico y le dijo que tenia una infeccion. Hace 2 meses su salud se complico se mando hacer la colposcopia en profamilia y el Dr le dijo que tenia cancer tipo 3b y que no podia ser que las citologias de la eps salieran bien ya que se podia observar un tumor de 8 cm y que la persona que tenia no sabia nada. Cuando le dijo a la jefe la respuesta de ella fue con usted se me fueron las luces. Y le mandaron hablar con una trabajadora social y en vez de darle apoyo sicologico lo que le dijo fue que piensa hacer va a demandar. Dr en este caso que se puede hacer. Gracias

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  13. Erly, según lo que entendí, el cáncer aparece en una colposcopia hecha por su cuenta en ProFamilia, pues aunque la EPS autorizó una no fue posible conseguir cita.

    La colposcopia se ordena después de los resultados de una citología como segunda evidencia de cáncer cervical. O sea que aunque la última citología estuvo errada, debe haber una citología anterior que mostrara resultados preocupantes que llevaron al médico a ordenar la colposcopia.

    Creo que el asunto era de haber insistido en que la colposcopia se hubiera realizado antes, con derecho de petición y tutela de ser necesaria. Ahora en lo que hay que enfocarse es en la atención al cáncer, pero tal vez debería consultar a un abogado (yo no lo soy, sólo comparto mis experiencias) para ver si se puede demandar, pues tal vez sea posible obtener de esa manera el apoyo económico para enfrentar esta enfermedad que siempre es costosa.

    Mis mejores deseos para usted y su familia.

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  14. Comeva eps me ha negado el servicio médico y urgencias, dice que por falta de pago de 2mese, les he enviado las planillas de pago y aún así no me prestan el servicio médico, quiero enviarle un derecho de petición pero no sé a qué artículo acogerme y no sé cómo se hace. Le pido por favor ayudarme gracias

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    1. El artículo 48 establece el derecho a la salud.

      Si hay mora porque el patrón o el trabajador independiente no pagó, la EPS debe emprender las acciones para el cobro administrativo de dichos aportes PERO NO PUEDE desvincular al afiliado ni negarle la continuidad del servicio de salud. Esto de acuerdo a varias sentencias de la Corte Constitucional, pero puedes citar la T-423 de 2009

      http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2009/t-423-09.htm

      Si no te responden positivamente en 15 días hábiles, ve de una a la acción de tutela invocando este antecedente, con copia de todos los documentos y explicando paso a paso lo sucedido.

      ¡Éxitos!

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  15. Buenas noches DR.
    Tengo una bb de 14 meses inicialmente la tenia afiliada en cafesalud E.P.S. (el papa) pero hace poco trate de utilizar los servicios y la niña resulto desafiliado hace 20 días solicite el traslado a mi eps cruz blanca y hoy24 de marzo me encontre con que cruz blanca rechazo el traslado.
    Que puedo hacer en este caso???

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    1. Buenas noches Viviana... no soy DR.

      No entiendo cómo pueden rechazar a una bebé de 14 meses sin rechazarte a ti como afiliada. Si usted está afiliada, su bebé es beneficiaria sí o sí.

      Creo que en este caso fue un error haberla desafiliado, pero tal vez sea posible invocar el amparo de la nena sobre la base del art. 48 de la constitución y el principio de continuidad de la atención en salud de acuerdo a la sentencia T-423/09, para que CafeSalud la siga atendiendo.

      Definitivamente, este sistema no tiene corazón... es inhumano...

      Bendiciones y ánimo!

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  16. Buenas noches. Tengo una pregunta mi papi se encontraba de vacaciones en Pitalito Huila, el día fue victima de un robo junto a su esposa, y le pegaron un tiro en la pierna (gracias a Dios no fue un órgano vital). La bala siguio derecho y le ocasiono que le destrozara completamente el femur. Su rodilla le quedo 180 grados y alla en pitalito le hicieron una cirugia donde le pusieron unos tornillos (un tutor) mientras le pueden poner platino para que inicie su recuperacion. Mi pregunta es esta, el medico tratante no le autorizo la remision alegando que al ser un hospital de tercer nivel pueden hacer el procedimiento alla. Para que esto se de, el platino lo deben enviar desde Bogota sumado a que Cruz Blanca autorice dicho material. Sin embargo consideramos necesario el traslado de mi papi por varias razones, uno que en dichas autorizaciones pueden pasar dias porque no sabemos cuanto se vaya a demorar. Se debe tener en cuenta que la esposa de mi papa es quien debe mantener la casa frente a la actual condicion y desde alla no puede hacer nada, ademas ella tiene hijos menores de edad que requeiren de cuidado y supervision. Los costos economicos en otra ciudad donde ellos se encuntran completamente solos (los hijos viajaron anoche a Bogota) pues no los van a poder cubrir y otro tema preocupante es la seguridad de ellos, ya que el ladron que atento contra la vida de mi papa ya esta suelto y de sobra sabe donde se encuentra el y su esposa. Vimos viable hacer un derecho de peticion lo cual haremos igual pero es preocupante que los tiempos de respuesta normales son de 15 dias habiles. Que nos sugiere, a quien deberiamos dirigir el derecho de peticion a la eps con copia a la super?? Quedo atenta y muchas gracias de antemano.

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    1. Sí, desgraciadamente hay que cumplir con todo el protocolo.

      Tenga en cuenta la jurisprudencia al respecto:

      Será procedente la acción de amparo para solicitar el traslado en ambulancia o en otro vehículo, según el caso, cuando se acredite: (i) Que la atención tenga que ser prestada en un lugar distinto al del domicilio del paciente. (ii) Que el procedimiento o tratamiento se considere indispensable para garantizar los derechos a la salud y a la integridad física, de manera que si no se efectúa la movilización, esos derechos o la vida misma corren riesgo. (iii) Que el accionante o su familia no cuenten con recursos económicos suficientes para pagar el traslado. La Corte ha aclarado que procede la tutela para garantizar el pago del traslado y la estadía del usuario con un acompañante, en aquellos casos en los que “(i) el paciente sea totalmente dependiente de un tercero para su desplazamiento, (ii) requiera atención permanente para garantizar su integridad física y el ejercicio adecuado de sus labores cotidianas y (iii) ni él ni su núcleo familiar cuenten con los recursos suficientes para financiar el traslado”.Así las cosas, cuando se constata la concurrencia de los requisitos referidos, el juez de tutela debe ordenar el desplazamiento “medicalizado”, o el pago del valor del transporte y hospedaje, para garantizar el acceso a servicios médicos, así no ostenten la calidad de urgencias médicas.

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  17. Hola me podrías colaborar con una consulta..Mi Papa lleva hospitalizado 20 días por que la eps no ha podido remitirlo a la shaio para un procedimiento de un implante en el corazón por que deben dinero a la shaio ..necesito colocar un dercho de petición a la eps donde lo radicó y con copia a quien y que debo anexar..Gracias

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  18. Hola me podrías colaborar con una consulta..Mi Papa lleva hospitalizado 20 días por que la eps no ha podido remitirlo a la shaio para un procedimiento de un implante en el corazón por que deben dinero a la shaio ..necesito colocar un dercho de petición a la eps donde lo radicó y con copia a quien y que debo anexar..Gracias

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    1. Hola José Álvaro,

      Según entendí, es la Shaio la que no recibiría a tu papá porque la EPS les debe. En ese caso, no creo que la cosa mejore ni con tutela. Tal vez lo que se puede buscar es que lo atiendan en otra clínica con la cual la EPS tenga convenio.

      El derecho de petición lo debes dirigir a la EPS, con copia a la personería más cercana a su residencia. Las EPS tienen oficinas para la recepción de documentos legales, a donde debe ir a radicar el derecho de petición. Ellos le sellan una copia, a esa copia le saca fotocopia y la lleva a la personería.

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    2. Debe anexar copias de las órdenes y la historia médicas.

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  19. Don Oscar. Muchas gracias por la orientación. Soy afiliada a cafesalud y desde hace seis meses me mandaron a ortopedista sin poder encontrar una cita. Al ver q mis molestias persistian me hice una ecografía particular y salió q tengo un tumor posiblemente canceroso, ingrese por urgencias como única alternativa y me hospitalizaron, los médicos me pidieron una resonancia y al cabo de quince días la víspera del examen la cancelaron. Yo en mi desespero por ser diagnosticada la pague de mi bolsillo con el mismo resultado y solicitando revisión histología ósea una biopsia. En el hospital me remitieron a oncología ortopédica y nuevamente para agilizar pague la cita porque en el hospital no hay esa especialidad y la remisión puede durar semanas o meses. Este especialista recomienda cirugía y biopsia y estoy a la espera de traslado a otro centro médico. Al hablar con auditoría de hospital me dicen q eso puede tardar meses. Yo no puedo esperar meses porque un cáncer de este tipo es agresivo. Que debo hacer? Que papeles debo adjuntar? Es posible que me devuelvan lo que hasta ahora he invertido?

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    1. En estos casos no cabe una acción de tutela, pero sí se puede solicitar un reembolso mediante una carta.

      Te animo a leer este artículo: http://www.finanzaspersonales.com.co/consumo-inteligente/articulo/aprenda-solicitar-reembolsos-eps/44585

      Si la EPS se niega a hacer el reembolso, este video te pude dar una buena pauta: https://www.youtube.com/watch?v=5B-uKF8rpRs

      Espero haberte sido de alguna ayuda, y que puedas ganar esta dura lucha.

      ¡Ánimo!

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  20. Buenas tardes me podrian ayudar...
    Desde el mes de enero estoy en un proceso de traslado de Cruz Blanca compensar, pero cruz blanca me a negado el traslado varias veces sin motivos claros quisiera saber que puedo hacer en estos casos... Gracias

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    1. Creo que en tu caso puedes pasar directamente a la acción de tutela, por cuanto se te está vulnerando el derecho a la salud al no tener acceso al POS. Te recomiendo invocar la sentencia T-760 de 2008 (sobre la decisión adoptada en el caso T-1350500).

      ¿Tienes alguna circunstancia que creas que hace que Cruz Blanca se niegue a aceptar el traslado? Por ejemplo, una enfermedad de alto costo.

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  21. buen dia don Oscar, quisiera me colaborara con un borrador de derecho de peticion a mi eps sanitas lo que sucede es que el 29 de febrero me realzaron una cirugia por una malformacion arteriovenosa y un tumor vascular en la clinica san rafael, en semana santa tuve que consultar a la clinica colombia por que se me inflamo la pierna y me dolia mucho me ingresaron y me ordenaron examenes y morfina para el dolor en la ecografia que me realizaron salio una imagen solidificada sin saber que era, en un dopler no me dieron resultado por que no supieron que era y al final me realizaron un angiotac contrastado, al dia siguiente el medico general me dio que me iba a ver el cirujano vascular que tocaba esperar en la tarde el mismo medico general dijo que le habia leido la lectura al cirujano vascular y como el flujo sanguineo estaba bien entonces que me daba de alta con analgesico ( tramal y acetaminofen) y que si me dolia otra vez que consultara pero que preferiblemente en la clinica donde me operaron ( la san rafael) en 11 de abril el dolor se volvio mas intenso y no podia caminar consulte alli y el cirujano vascular que me vio ordeno una nueva cirugia por que la malformacion arteriovenosa estaba atacando y por eso era el dolor tan intenso el cual calmaron con morfina y gabapentin ( usado para neuropatias) despues de 5 dias me dieron de alta y el jueves 21 de abril tuve la cita de control postquirurgica, donde me envio a clinica del dolor, amplio la incapacidad por 30 dias mas, una crema por que del procedimiento tengo una quemadura de segundo grado por el medicamento ( onyx ) y una nueva cita de control en 1 mes con él, ayer estuve en la eps a autorizar los servicios y la cita de control me indican que no hay convenio con la clinica san rafael que debo de llamar a la linea 3759000 hoy llame y me dicen que debo ir a la oficina, el motivo por el que quiero instaurar un derecho de peticion es para que me autoricen la cita en la clinica san rafael con el mismo medico que me opero ya que en la clinica colombia el dia que consulte no me dieron un diagnostico solo me calmaron el dolor, entonces por esto le pido me colabore en como puedo colocar esta peticion , mi correo es: vicman227@yahoo.es , muchas gracias por su tiempo que Dios lo bendiga por su ayuda y tan excelente blog

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  22. Entiendo tus razones, amigo Victor, pero desgraciadamente no se puede obligar a la EPS a remitirle a una entidad con la cual ya no exista convenio SI le ofrecen otras opciones.

    Si hace la petición le van a responder lo mismo, perdiendo tiempo valioso. Lo mejor es que procure que lo atiendan en la Clínica Colombia lo mejor posible e insistir en que mejoren la atención. Es posible que la vez anterior se negaran a darle un diagnóstico y un mejor tratamiento porque supuestamente lo iban a atender en la San Rafael, pero que ahora, al ser ellos los que van a tener que atenderlo lo hagan de mejor manera.

    Como sea, le deseo pronta recuperación.

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  23. Dr. Buenas días; me puede ayudar con un dato puntual. Estoy haciendo un derecho de petición a una entidad privada en salud oral, y estoy enviando C.C.: Supersalud, SIC y secretaria de salud, es correcto enviar a estas tres entidades reguladoras copia de mi derecho de petición. Vivo en Bogotá. Agradezco enormemente su ayuda. Gracias. Bendiciones.

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    1. Usted puede vincular enviando copia a todas las entidades que considere necesario, pero no olvide enviar una a la personería de su localidad.

      ¡Éxitos!

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  24. Hola buena noche Dr. Oscar Rueda.

    Lo que pasa es que tengo un familiar con una patología de caso especial, el vivió en el valle y por lo tanto esta en la EPS EMSANNAR, pero el ya hace un año se encuentra radicado en la ciudad de bogota, ya lleva bastante tiempo tratando de que Emsannar lo ayuden a trasladar para Capital Salud ya que dicha entidad es la del régimen subsidiado de Bogota, pero no ha sido posible este tramite, por lo tanto no ha sido posible que Capital Salud ni ninguna entidad le ayude para sus medicamentos para poder regular su patología, al mismo tiempo a cada momento luchamos por la vida de mi familiar ya que sin los medicamentos se complica a cada rato y sin ellos esta corriendo el riesgo de su salud y su vida; y la única forma de regularle su salud es llevándolo por urgencias y hospitalizarlo 1, 2 o 3 semanas en el hospital de Kenedy mientras lo atienden, se estabiliza y le dan de alta pero siempre sin tener respuesta al derecho de sus medicamentos.

    Quedo atento Doctor.

    Agradezco de su ayuda y quedo atento de una pronta respuesta de asesoría sobre que debo hacer, que debo presentar y a donde me debo dirigir para agilizar dichos tramites.

    Gracias y Bendiciones.

    MICHAEL RINCON
    michael_rincon1990@outlook.com

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    1. Cordial saludo, Michael...

      Primero: no soy doctor, solo comparto mis experiencias y trato de ayudar :)

      Lo que estás tratando de hacer se llama PORTABILIDAD, y en este caso EMSANNAR es la obligada a buscar una IPS en Bogotá que le preste los servicios de salud a su familiar, o a trasladarlo a Capital Salud... para eso tenían 10 días hábiles a partir de radicar la petición, la cual se puede hacer por web, e-mail o teléfono...

      Radicar una portabilidad ES un derecho de petición.

      Como no le han solucionado nada, debe pasar de una a la acción de tutela donde se diga que se han violentado los derechos a la petición (Art. 23) y a la salud (Art. 49), en contra de EMSANNAR. En esta tutela debes adjuntar copias de todas las veces que haya solicitado la portabilidad y las respuestas que haya recibido. Describa también todas las veces que su familiar haya sido atendido por urgencias y que no haya recibido atención continua.

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  25. buenos dias donde llevo un derecho de peticion que se va realizar por que no quieren hacerle una cirugia a mi papa que tuvo un accidente de trabajo?

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    1. Llévela a su ARP, ellos deben continuar la atención en salud por accidente laboral, mientras que la EPS se encarga de salud general.

      Cite jurisprudencia a ver si les tiembla...

      Cite la sentencia T-1043 de 2004:

      La Corte Constitucional ha tutelado en varias ocasiones el derecho de una persona a acceder a los servicios de salud que requiera para salvaguardar su vida o su integridad personal, con ocasión de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, cuando una ARP se niega a garantizarle el acceso a los servicios que requiere. Así, la jurisprudencia constitucional a señalado que “[v]ulnera el derecho a la integridad física en conexidad con el derecho a la salud y a la seguridad social, que una ARP (i) no se haga cargo de todo el tratamiento médico necesario para la completa recuperación de una incapacidad temporal de uno de sus afiliados, ocasionada por un accidente de trabajo y (ii) que no pague a su afiliado el subsidio por incapacidad temporal durante todo el tiempo que tarde su recuperación, dentro de los límites establecidos en el artículo 3 de la Ley 776 de 2002.”

      Si no le resuelven en 10 días hábiles, vaya de una a la tutela invocando la misma jurisprudencia.

      ¡Ánimo!

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  26. ANTE QUIEN SE PRESENTA UN DERECHO DE PETICION BUENOS DIAS

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    1. Verdad de Perogrullo: Ante cualquier entidad a la que le deba hacer una petición :)

      En el caso de atención en salud, por lo general se presenta ante la EPS a la que esté afiliada.

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  27. Señor oscar muy buenas tardes, y bendecido sea por el aporte tan generoso hacia la comunidad.

    Tengo mi niña Valentina de diez años, a la edad de siete años me le diagnosticaron Deficit Intelectual Leve debido a su nacimiento prematuro de 8 meses. La niña ha sido vista por dos entidades donde le han realizados sus correspondientes terapias de Lenguaje y ocupacional, pero ya lleva estable un año con terapias continuas en la Fundacion Ideal, y con control de la Neuropsicologa y Neuropedihatra. Las ordenes me las autorizaba comfenalco cada mes por medio del pediatra que me la atendia sin ningun problema y siempres hemos sido muy bien atendidos por COMFENALCO, pero le cuento que por comodida y tiempo decidi solicitar cambio de sede de IPS, y debido a este cambio, he trastornado las terapias de mi hija y actualmente lleva un mes sin terapias, porque dice comfenalco la nueva IPS que me atiende que ellos no tienen autorizacion para la Fundacion Ideal y me la envian para otra parte donde tienen que iniciar desde cero con su historial, ademas es muy lejos desde donde vivo me demoro por lo menos dos horas en llegar y gastaria doble transporte, en cambio Fundacion Ideal queda a 10 minutos desde mi hogar y el gasto del trasporte seria minimo.
    Por favor me indica aparte del art. 23 que otro articulo debo nombrar que pese bastante en el derecho de peticion el cual estoy redactando para el director administrativo de Comfenalco Valle, ya que estan violando el Derecho Fundamental de Mi Hija Valentina.

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  28. Yamileth,

    Aunque solo se puede cambiar de IPS de atención primaria una vez al año, eso no significa que no la puedan atender en la Fundación Ideal, pues el convenio no debe ser con la IPS sino con la EPS, que sigue siendo la misma: COMFENALCO.

    Además, usted tiene derecho a seleccionar el especialista que atienda a Valentina, pues las terapias de neuropsicología y neuropediatria son de especialista.

    Debe invocar: Art. 44 (derecho a la salud de los niños), Art. 153 de la Ley 100 de 1993 (derecho a escoger especialista).

    Recuérdeles que la Fundación Ideal tiene convenio con COMFENALCO o de lo contrario no habrían podido tratar antes a la niña allí.

    Mis mejores deseos.

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  29. Buena tarde gracias por su colaboración .mi esposo fue operado de tumor cerebral maligno, contando con salud total como eps, siendo mi esposo cotizante independiente . se paga consulta particular ya q la eps manda cita en 3 meses con neurocirujano, le diagnostican cáncer y manda cita prioritaria con oncología e incapacidad por 1 mes me niegan la papelería por ser cita particular aunque fue con el mismo cirujano adscrito a salud total quien operó a mi esposo por favor que puedo hacer ya q es un paciente con prioridad muchas gracias. Bendiciones

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    1. En este caso veo necesario pasar de una a la acción de tutela, invocando la necesidad vital del tratamiento a tiempo (Art. 11 - derecho a la vida, Art. 49 - derecho a la salud), y la sentencia T-745/13 de la Corte Constitucional en cuanto a no poder objetar la remisión a oncología.

      Pueden citar de esta sentencia esto:

      "La jurisprudencia constitucional ha considerado que las órdenes impartidas por profesionales de la salud idóneos, obligan a una EPS cuando ésta ha admitido a dicho profesional como “médico tratante”. Concretamente, se deduce que el médico tratante, es el galeno idóneo para proveer las recomendaciones de carácter médico que requiere el paciente. Esas recomendaciones no pueden ser objetadas por la EPS, cuando aquella tuvo noticias de dicha opinión médica, pero no la controvirtió con base en criterios científicos; o bien sea porque el Comité Científico de la entidad valoró inadecuadamente la historia clínica del paciente y no sometieron el padecimiento de éste al estudio de un especialista"

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    2. Es decir, hacer hincapié en que se trata de un "médico tratante" así la valoración se haya hecho a partir de una consulta particular.

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  30. BUENAS NOCHES SERA QUE ES POSIBLE AYUDARME AREDATAR UNA CARTA PARA SOLICITUD DE AUXILIO DE TRASPORTE LA VERDAD NO TENGO IDEA DE ASERLA GRACIAS AGRADESCO SU AYUDA

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    1. Puede usar esta minuta tomada de Notinet como ejemplo y le cambias lo que crea necesario: https://goo.gl/TP7K73

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  31. Buen dia y aqui expongo brevemente mi problema.
    Sucede que Por una mora existente del 2013. Pague el mes de marzo 2013. Y resulta que era junio del 2013. Y pague $141.000. Y no me abonan a junio. Sino que debo pasar una carta manifestando esto. Y segun la EPS Sanitas. Me estarian reembolsando hasta despues de 1 año. Y debo pagar junio 2013. Que es x $137.000.
    Es esto justo teniendo en cuenta q no cuento con recursos.
    Existe alguna forma para q me abonen o reembolsen dicha suma?
    Y me pregunto
    Si despues de 1 año estos $141.000 tendran intereses a favir mio? Lo dudo.
    Pero esa mora que era de $73.000 se duplico con inteteses.
    Ayudeme x favor
    Beatriz Hernandez
    bettyher60@gmail.com
    318-8806144

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    1. No tengo bien claro, pero tal vez en vez de pedir el reembolso, pueda pedir la corrección de la fecha del pago con la "Planilla N" ¿?

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  32. JIRO,
    6 de mayo 2016 hora 1:45
    Buenas tardes, mi probema es el siguiente, tengo una hermana de 34 años que le diagnosticaron cancer de estomago con metastasis, ya le hicieron todos los examenes que requiere para la cirugia, esta se la programaron para el 10 de mayo de 2016, cuando fua apedirle la autorizacio a capital salud de bogota para llevarla al instituto cancerologico me dijeron que ya no tenian convenio con dicha entidad, pregunte que si ya estaba todo listo por que me salen con esas siendo de vital importancia, no se que hacer, me podrias ayudar.

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    1. De inmediato a la tutela por haber necesidad, solicitando medidas cautelares para que su hermana sea atendida pronto, citando como jurisprudencia la sentencia T-1198 de 2003 donde cita:

      El derecho a la continuidad de la atención en salud, supone entre otras cosas que, una vez iniciado un tratamiento, el mismo no pueda interrumpirse por parte de las prestadoras de salud con el mero expediente de la ausencia de un documento o un protocolo que por su carácter técnico especializado tienen el deber de poseer. La jurisprudencia constitucional se ha encargado de concretar el contenido y alcance del derecho de los ciudadanos a no sufrir interrupciones abruptas y sin justificación constitucionalmente admisible de los tratamientos en salud que reciben. Los criterios que informan el deber de las E.P.S de garantizar la continuidad de las intervenciones médicas ya iniciadas son: (i) las prestaciones en salud, como servicio público esencial, deben ofrecerse de manera eficaz, regular, continua y de calidad, (ii) las entidades que tiene a su cargo la prestación de este servicio deben abstenerse de realizar actuaciones y de omitir las obligaciones que supongan la interrupción injustificada de los tratamientos, (iii) los conflictos contractuales o administrativos que se susciten con otras entidades o al interior de la empresa, no constituyen justa causa para impedir el acceso de sus afiliados a la continuidad y finalización óptima de los procedimientos ya iniciados. No es razón válida ni suficiente al momento de negar la autorización para iniciar o continuar un tratamiento médico, argumentar la ausencia de un documento especializado (tal como lo son los protocolos de manejo) que debe poseer la E.P.S en sus archivos o al cual, en todo caso, puede acceder por cuenta propia. La entidad que así lo haga, vulnerará no sólo el derecho a la vida de sus pacientes, sino también el derecho a acceder a la información mínima vital, concretada en el flujo eficiente y oportuno de los datos técnicos especializados.

      Lamentablemente vi su comentario tarde hoy... y se viene un puente festivo... no creo que se alcance a actuar para que le hagan la cirugía el 10, pero la peor diligencia es la que no se hace.

      Comparto su dolor y su justa ira.

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    2. Pues si la cirugía estaba programada para el 10, la EPS tiene que saberlo y garantizar que la autorización va a estar lista antes.

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  33. buenas tardes usted me pude dar un modelo para poder realizarle el derecho de peticion para la Arl que no quiere realizarle una cirugia de un accidente de trabajo que tuvo mi papa gracias

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    1. Buenas noches Daniela...

      La ARL se encarga de las incapacidades, pensiones por invalidez, auxilio funerario... para la atención en salud, debe dirigirse a la EPS.

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  34. buenas noches doctor, agradezco infinitamente todo su apoyo colaboracion a todas las personas que pedimos su ayuda, quería preguntarle si me puede orientar, con el problema familiar que tenemos, le comento mi hermano tiene 50 años y tiene esposa y 4 hijos, pero el hace un año no puede cancelar la eps saludcoop y en el momento esta enfermo con calculos renales y la esposa con una hernia discal, el por su edad no consigue trabajo y ella con su problema de columna menos, no puede casi ni hace sus labores domesticas, el a ido por muchas veces a la eps para q lo desvinculen pero le dicen que tiene que cancelar 4 meses de salud porque el cotizaba por independiente y para poder acceder al sisben, no tenemos para reunirle toda esa plata porque le dijeron que eran como $380.000, usted nos puede colaborar que podemos hacer para que por lo menos solo paguemos unos $100.000 que es lo que logramos recogerle, agradezco su valiosa colaboracion

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    1. Estimada Yamis... no soy doctor... sólo colaboro en lo que puedo...

      Desgraciadamente, un requisito para el traslado de régimen contributivo a subsidiado es estar a paz y salvo. Lo mejor es tratar de llegar a un acuerdo de pago o conseguir el resto y pagar.

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  35. Buenos días, señor Oscar Rueda, quiero comentarle mi caso que es un poco grave, estoy afiliada a Salud Total, me quede sin trabajo y segui pagando como independiente pero por no tener ingresos no he pagado desde junio de 2014. Me dijeron que al pagar como minimos 4 meses me activaban nuevamente pero Salud Total me exige todo el pago del tiempo. Me dijeron que hay una ley, decreto o sentencia que me acoge el pagar esos 4 meses, durante ese tiempo nunca he usado los servicios, averigue y me dijeron que a Salud Total hay que demandarlo para que acepte el pago de los 4 meses. Por favor me puede orientar en eso?

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    1. Estimada Adriana... el caso es parecido al de más arriba... trate de llegar a un acuerdo de pago.

      Las EPS no pueden desafiliar a nadie por mora en el pago de aportes, por eso si llegara a pasarle de nuevo quedar sin capacidad de pago, debe reportarlo a su EPS.

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  36. Buena tarde Oscar.
    Pregunto, el mismo documento del ejemplo DERECHO DE PETICIÓN para la E.P.S o S.O.S. me sirve para hacer uno para La Secretaria de Educación.

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  37. Hola buena tarde doctor me gustaría saber dónde pongo una tutela o petición ala eps confandi la razón es que a mi hermana de 13 años hace un año le vienen haciendo procedimientos para operarla de escoliosis cervical y este es el tiempo que no le.dan día de operación ya le hicieron los exámenes radiografías resonancia y la.cita con el .médico para que revise todos los exámenes son demoradas hasta de tres meses siendo citas prioritarias por que se demoran tanto para darle fecha para la operación a medida que pasa los días el tiempo el hueso se le desvía a un mas mi pregunta es donde puedo poner la tutela para ajilisar la operación muchas gracias por la atención

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  38. Se puede presentar un derecho de petición cuando no es la eps quien te niega el servicio sino un hospital que te han asignado para que te atienda el problema es que mi mujer esta embarazada y ya le falta poco para dar a luz y en el hospital que la eps le ha asignado no le quieren hacer los exámenes ni quieren permitirle hacer el control y esta situación me tiene preocupado ya que ella tiene preeclampsia y su estado es de alto riesgo será que me pueden orientar de como debo actuar ante esta situación que debo hacer para que en este hospital acepten las órdenes que enviaron de la eps dirigidas a ellos y presten los servicios requeridos agradecería una pronta respuesta. Gracias

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  39. Doctor buenas tardes me an hecho una cirujia de rodilla por la eps cruz blanca lo que pasa es que a raíz de un golpe que tuve en la empresa me siguueron los sintomas y en el reporte de arp sale lo de la rodilla pero a hora que mean operado dicen que la incapacida fu rechasada poe eps que tengo que llevarla a alr pero asta hora en unos dias tengo junta de rrodilla que hago con la incapacidad para la empresa gracias Dr

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  40. Hola Sr. Oscar. Muchas Bendiciones.. una duda se puede enviar un derecho de petición por correo electrónico y surte la misma validez?? infinitas gracias... felíz y bendecido día !!

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  41. Buenas noches, de antemano muchas gracias por la información brindada. Estoy embarazada y me gustaría realizar un derecho de petición a cafesalud para que mi esposo pueda ingresar al parto, debe llevar algún artículo en especial? Quedó atenta, y de nuevo mil gracias.

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  43. Buenos días tengo un problema con cafesalud eps, necesito hacerme un cirugía me remitieron para la fundación cardio infantil ya tengo todos los papeles para la cirugía pero el día que me iban a programar la cirugía que fue hace dos meces me dijeron que tenían el convenio con cafesalud cancelado quisiera saber si puedo poner una tutela o primero tengo que colocar el derecho de peticion.
    Gracias por su colaboración

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  45. Buenas tardes, mi caso es el siguiente: Hace 1 año y 3 meses sufrí un accidente de tránsito del cual aún no me recupero del todo. Para obtener las incapacidades debo agendar cita pero muchas veces me responden que no hay agenda, que llame la próxima semana, en fin. Cuando por fin me dan la cita y le doy a conocer al médico la situación y que tengo esos días pasados sin incapacidad me responde que el sistema no le permite darme incapacidades de días atrás. Haciendo cuentas de todo este tiempo tengo 28 días sin incapacidad, la empresa no me los quiere remunerar porque no se encuentran en el sistema,así que me gustaría saber que debo hacer en este caso ya que obviamente necesito el dinero y también necesito que esos días sean ingresados como incapacidad. Agradezco que por favor me ayude con este problema, qué debo hacer en este caso?. Muchas gracias.

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  47. Dr Oscar Rueda, muy buena
    Quiero consultarle sobre, que accion seguir ante la negligencia de oxigenos de colombia a suministra oxigeno a una persona en la ciudad de Florida Valle.
    Ya que es el unico requisito que exige la Clinica de Occidente para hacer efectivo el traslado del paciente a la casa ya que la orden de salidad se emitio el dia 4 de julio y las personas encargadas del oxigeno tienen infinidad de disculpas.}
    A tal punto que la clinica ya nos notifico que si la persona adquiere algun virus ellos no se hacen responsables por lo que pueda suceder,agradezco de antemano su orientacion y le doy mil gracias por todas las orientaciones que ha suministrado

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  48. Muy Buenas Tardes Dr Oscar Rueda, de manera atenta me permito solicitar asesoria para imponer un derecho de Peticion de mi Sobrino afiliado a la Organizacion Clinica General del Norte en el Dpto de Bolivar me gustaria recibir su asesoria. dejeme un e-mail o un numero donde lo pueda contactar. Quedo atento

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